viernes, 31 de enero de 2014

DENUNCIA DE GTS ANTE LA INSPECCION DE TRABAJO


 
 
 
A LA INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO

Y SEGURIDAD SOCIAL

 

D. JOSÉ LUIS MARCOS MOLANO, con DNI 02508402-E, y domicilio a efectos de notificaciones en Sección Sindical GTS, Aeropuerto Madrid-Barajas, Terminal 2-Llegadas, 28042-Madrid; actuando en su condición de delegado sindical del sindicato GRUPO DE TRABAJADORES SOLIDARIOS (GTS), comparece y dice: 

Que por medio del presente escrito formulo denuncia contra la empresa ÁREAS, S.A., con domicilio social en Aeropuerto de Madrid-Barajas, Terminal 2-Llegadas, 28042 – Madrid, basándome en los siguientes 

HECHOS


PRIMERO.- La empresa ÁREAS, S.A. es la actual concesionaria de la explotación de los establecimientos de hostelería del Aeropuerto de Barajas.
 
Concretamente, se hizo cargo de dicha actividad a partir del mes de mayo de 2013, subrogándose en la posición de la anterior concesionaria, RESTAURACIÓN DE AEROPUERTOS ESPAÑOLES, S.A. (RAESA).
 
El accionariado de la empresa RAESA estaba compuesto por la empresa ÁREAS, S.A., que ostentaba la mayoría de su capital social (51%), y AENA (que poseía el 49% restante). Es decir, que la empresa RAESA formaba parte del mismo grupo ÁREAS que, en la actualidad, sigue explotando los establecimientos de hostelería del Aeropuerto.
 
SEGUNDO.- En los últimos meses, a partir de la entrada de ÁREAS, S.A., el Sindicato GTS presente en el comité de empresa estamos observando una falta de información y de comunicación por parte de dicha empresa que antes no se daba.

             1) Copias básicas. La empresa no nos proporciona las copias básicas de los nuevos contratos que efectúa, con clara infracción del art. 8.3 del Estatuto de los Trabajadores.

             2) Calendario laboral. Falta de negociación. El art. 34.6 – ET obliga a las empresas a la elaboración anual del calendario laboral. El art. 16 del vigente convenio colectivo de hostelería de Madrid también se refiere al calendario laboral, y fija cuál debe ser su contenido. En nuestro caso, tenemos además un acuerdo alcanzado ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid (expte. 118/2000), cuya copia adjuntamos, que desarrolla con más detalle ese precepto y obliga a la empresa a elaborar, junto con el comité de empresa, el calendario laboral antes del 30 de noviembre, a fin de entregar una copia individualizada a cada trabajador antes del 31 de diciembre. 

A fecha de hoy, sin embargo, la empresa no se ha reunido con el comité para acordar el calendario laboral de 2014, ni ha hecho entrega del mismo, con clara infracción de los preceptos mencionados. 

            3) Calendario laboral 2013: incumplimientos. En los últimos meses estamos detectando múltiples cambios que se efectúan unilateralmente por parte de la empresa sobre el calendario laboral de 2013 y sin prácticamente ninguna antelación (en ocasiones el día anterior). Estos cambios suponen modificar los cuadrantes horarios de los trabajadores y, por ejemplo, alterar los turnos de trabajo (de mañana a tarde, o viceversa), o modificar sus días de libranza, etc.

La anterior empresa, en caso de necesitar introducir cambios en los cuadrantes, lo hacía con un mes de antelación. La nueva titular ha dejado de respetar ese criterio, introduciendo una elevada dosis de inseguridad y perjudicando así las posibilidades de que los trabajadores puedan organizar mejor su vida personal.

             4) Instalación de cámaras de vigilancia. Este sindicato ha tenido conocimiento extra-oficialmente de que en la terminal T-4 la empresa está instalando cámaras de vigilancia nuevas, y no se nos ha dado ninguna información al respecto.

            5) Información sobre cuotas sindicales descontadas en nómina. En los últimos meses, la empresa no nos proporciona puntualmente el listado mensual de afiliados de GTS a los que se les descuenta su cuota en nómina. Lo ha hecho con retraso, y únicamente tras la insistencia de este sindicato para que lo haga.

            6) Falta de información sobre los expedientes de regulación de empleo en vigor. El comité de empresa y la empresa ÁREAS, S.A. suscribimos dos acuerdos en fecha 3 y 12 de julio de 2013 relativos: el primero, a un expediente de regulación de empleo de suspensión temporal de contratos por realización de obras en los establecimientos de hostelería del Aeropuerto; el segundo, a un expediente de reducción temporal de jornada de una hora diaria (art. 47-ET), que afecta a la práctica totalidad de la plantilla, y también de reducción salarial (art. 41), que también afecta a una gran parte de la plantilla.

 En la ejecución de estos expedientes, tenemos conocimiento, también de forma informal o extra-oficial, de que se producen alteraciones sobre la pactado (por ejemplo, desafectaciones de trabajadores), pero la empresa no nos informa del grado y modo de cumplimiento de esos ERE, así que desconocemos exactamente cuántos trabajadores están actualmente afectados, cuántos han sido desafectados, correspondientes a qué categorías, etc.

            7) Defectuosa elaboración de las nóminas de los afectados por el ERE. Hemos constatado que, de forma generalizada, las nóminas de los afectados por la reducción de jornada y salario no son correctas, lo cual está generando importantes perjuicios económicos a los trabajadores afectados, debido fundamentalmente a que la empresa no aplica adecuadamente el complemento a que se comprometió en el acuerdo de 12.7.2013 sobre reducción temporal de jornada y ERE temporal por obras.

             8) Entrega de las nóminas a los trabajadores. La anterior empresa (integrante, insistimos, del mismo grupo empresarial que la actual) entregaba a los trabajadores su correspondiente nómina durante los primeros cinco días de cada mes. Ahora, se entregan con una demora de 15 días y más.

             9) Documentación económica y contable. La anterior empresa nos entregaba a la representación legal una serie de documentación que la nueva adjudicataria, en cambio, no nos entrega o lo hace con retraso y de forma irregular. Mediante escrito de fecha 25.11.2013, cuya copia adjuntamos, requerimos a la empresa para que nos proporcionase esa documentación, pero la mayoría de la información requerida no nos ha sido entregada.

             10) Asignación de funciones impropias de la categoría de los trabajadores. La empresa ÁREAS, S.A. gestiona, desde mayo, determinados locales en régimen de franquicia, tales como Burger King, 100 Montaditos y otros Ha asignado a estos locales a trabajadores de la plantilla, pero aun respetándoles su categoría profesional de dependientes (personal de mostrador), son obligados a realizar funciones que no se corresponden con aquélla, y así, por ejemplo, son obligados a la limpieza del suelo (algo para lo cual ya existe un departamento de limpieza encargada de ello) así como a la limpieza diaria de freidora y broiler, tareas que son propias de la categoría de marmitón (personal de cocina). En la empresa existe un grupo específico de trabajadores con esa categoría y funciones, y hemos exigido que sean ellos los que se ocupen de tales funciones, pero la empresa no ha modificado su criterio y sigue encomendando a los dependientes funciones impropias de ellos. Esto ha ocasionado, incluso, la sanción a alguno de nuestros afiliados, o la advertencia escrita de que cumpla dichas funciones (adjuntamos documentación al respecto).

Por lo expuesto  

SOLICITO tenga por formulada la anterior denuncia y, previos los trámites oportunos, y sin perjuicio de adoptar las demás medidas que correspondan, acuerde requerir a la empresa para que cumpla todas las obligaciones a que se refiere nuestra denuncia.

 

Madrid, 26 de diciembre de 2013.

 

miércoles, 22 de enero de 2014

RECURSO ENCARGADOS 2006

¡¡¡ENHORABUENA A TODOS LOS ENCARGADOS DE LA PROMOCIÓN DE 2006!!!

FELICITAMOS a los servicios jurídicos de GTS que una vez más ha ganado el pleito  sobre la demanda que algunos compañeros representados por los servicios jurídicos de CCOO mantenían contra los compañeros que ascendieron a encargados en 2006.

¡¡¡RECURSO GANADO!!!

¡¡¡GTS LA FUERZA DE LA RAZÓN!!!

martes, 21 de enero de 2014

"HABEMUS MARMITON EN EL BURGER KING"


En el día de hoy se han celebrado 3 reuniones importantes, la primera de la comisión económica del comité de empresa en la que hemos llegado a un acuerdo que termine con la indefinición que hay en la empresa  para calcular el complemento de los ERTES por la hora y por las obras. Seguidamente nos hemos reunido dicha comisión con el responsable de nóminas, cerrando dicho acuerdo que consiste en que, la referencia para el cálculo de la base de la que la empresa tiene que complementar hasta el 80% en el caso de ERTE por obras y hasta el 100% del ERTE de la hora durante el tiempo que duren estos expedientes, sea la de los meses de enero a junio de 2013 sin que se incluya ningún concepto extraordinario y con las subidas salarias que correspondían a esos meses, incluyendo una paga extra integra sin descuentos como por ejemplo ERTES anteriores o huelgas y al salario del mes de  junio no se le tendrá en cuenta los días de huelga. El responsable de este departamento de nóminas nos informa que en el mes de noviembre se les regularizó la diferencia a los afectados por el ERTE por obras de agosto y septiembre en el concepto de diferencia de salario y en el mes de diciembre regularizó el ERTE por la hora y que, en este mes de enero se abonará a los trabajadores afectados por los tramos lo correspondiente a la subida de los tramos en los 6 primeros días de la nómina de mayo que no se hizo efectivo en su día.
Para GTS es importante este acuerdo, que continua haciendo un seguimiento de las nominas de sus afiliados/as con celo.

La tercera reunión ha sido motivada gracias en gran parte, al plante de los compañeros y compañeras camareros y dependientes de los Burger King, negándose a realizar las funciones del marmitón como es limpiar los hornos donde se hacen las hamburguesas. Previamente a esta reunión, el director de RR.HH. de Áreas el Sr. Oscar cuadrado, ha visitado estos puntos de venta y nos ha dado traslado de su convencimiento de que estos aparatos los debe limpiar personal especializado del departamento de marmitón, comprometiéndose  a contratar marmitones con la mayor urgencia para este fin, así como para la limpieza de las freidoras de los nuevos puntos de venta como los 100 montaditos.  

Por último, la empresa manifiesta su intención de reabrir el tema del departamento de caja/facturación, insistiendo en que en este departamento aun habiéndose producido un importante número de bajas, sigue existe excedente de cajeros/as.

 

¡¡¡GTS LA FUERZA DE LA RAZÓN!!!

jueves, 16 de enero de 2014

COMUNICADO DEL COMITÉ

COMUNICADO DE COMITÉ DE EMPRESA 16/1/2014

El comité de empresa decide emprender una actuación conjunta contra la Dirección de la Empresa, por el desprecio demostrado a la plantilla, a su representación legal y a los acuerdos alcanzados.
Esta dirección escondida, que juega a la ignorancia y que está buscando la saturación de la plantilla generando cientos de problemas que se niega a solucionar o que dilata en el tiempo de forma provocadora, aquella que se va dejando el caos y aquella que no termina de llegar, tendrá que dar explicaciones ante el comité de empresa de su dejación de funciones y ofrecer soluciones que o se dan de forma inmediata o se ganarán a pulso.
Una dirección que incumple los acuerdos alcanzados, en un grave desprecio a los tremendos esfuerzos realizados por su plantilla, no merece miramientos, ni plazos, ni contemplaciones, ni nuestro respeto.
Se les instara a una serie de reuniones de forma inmediata, donde se deberán modificar conductas y procederes que afectan intencionadamente el desarrollo de la actividad y a los trabajadores/as, clarificar y poner en marcha el sistema organizativo inexistente en los últimos tiempos, exponer la situación económica obviada con premeditación, explicar las contrataciones fraudulentas realizadas y que sin duda tendrán respuesta, y argumentar los constantes incumplimientos de los acuerdos alcanzados de forma interesada.
Estas reuniones no serán la última oportunidad, esa la perdieron ya hace tiempo, pero de la actitud que muestren en ellas y el nivel de compromiso, dependerá la radicalización de esta parte que ya perdió la paciencia y cuya responsabilidad han pisoteado.
 

COMITÉ DE EMPRESA DE ÁREAS-BARAJAS

jueves, 9 de enero de 2014

REVISION CALENDARIO LABORAL 2014





Acuerdo sobre calendario laboral

1.         Se elaborará por la Empresa y la Representación Legal de los Trabajadores el Calendario Laboral y de Vacaciones del año siguiente, en  documento único, con relación nominal de cada empleado,  que especifique cada uno de los días del año en que deba prestar servicio con su turno asignado, y los días en los cuales no tenga que prestar servicio, con indicación de si es por vacaciones anuales o libranza semanal.
   Los criterios previos para la elaboración del Calendario serán los siguientes:
1-       En los Departamentos de Explotación y Limpieza, los turnos y días de libranza serán rotativos, excepto para el personal del turno de noche mientras se mantenga la adscripción voluntaria al mismo existente a la fecha, a los que se respetará sus condiciones.
En el resto de los Departamentos se respetará el sistema de turnos y días libres (fijo o rotativo) que cada empleado tuviera hasta la fecha.
2-       La Empresa determinará la frecuencia de la rotatividad de turnos en cada Departamento o Punto de Venta.
3-       El sistema de rotación de los días de libranza, se respetará a lo largo del año, excepto con motivo del inicio y finalización de los períodos de disfrute de las vacaciones anuales, que en todo caso sólo afectará a cada trabajador tres veces a lo largo del año. Dicho cambio en la rotación de días libres deberá quedar reflejado en el Calendario Laboral.
El Calendario reflejará:
a-        el sistema de turno de trabajo: fijo o rotativo
b-       el sistema de días de libranza semanal: fijo o rotativo
c-        los períodos de vacaciones a disfrutar en el año
d-       los horarios pactados y vigentes en la Empresa
En cuanto al sistema de disfrute de vacaciones anuales y compensación de festivos, se distribuirá en tres períodos, uno de 24 días y dos de 14 días junto a los cuales se disfrutarán al término de las mismas e ininterrumpidamente 2 días de libranza semanal, totalizando 26, 16 y 16  días respectivamente. El régimen de turnos y rotación de vacaciones serán los vigentes a la fecha.
Por la aplicación de este sistema se acuerdan dos días adicionales de permiso retribuido para el personal con sistema de turnos y libranzas rotativos y un día para el personal con turnos y días libres fijos.
Los citados días se disfrutarán preferentemente junto a los días de libranza semanal, dentro del año natural, en las fechas que señale el trabajador, notificándolas a la empresa con al menos 15 días de antelación, siempre que su disfrute no impida el normal desarrollo de la actividad en días de incremento de la afluencia de pasajeros, o se den situaciones de necesidad organizativa de la empresa que lo desaconsejen, o coincida con causa excepcional. En la elaboración del calendario laboral anual, las partes podrán acordar la planificación de los días útiles para su disfrute, intentando evitar su acumulación a finales de cada año. Dichas fechas podrán modificarse por mutuo acuerdo de empresa y trabajador. En ningún caso podrán acumularse a los períodos de vacaciones anuales. En el caso de que no pudieran disfrutarse en el año, no caducarán y se disfrutarán en el año siguiente, en las fechas que se fijen de mutuo acuerdo.
La modificación posterior del Calendario Laboral acordado entre las partes, salvo consentimiento del trabajador o trabajadores afectados, requerirá el preceptivo consentimiento de los Representantes de los Trabajadores.
Como excepción a lo anterior, la Dirección de la Empresa podrá modificar las fechas de los dos días de libranza semanal establecidos en el Calendario hasta un máximo de tres semanas al año, siempre que dicho cambio tenga causa en la salida o vuelta de los períodos vacacionales de terceros, debiendo, en su caso, efectuarse el cambio en esa sema