En primer lugar pediros disculpas a todos los Afiliados y Afiliadas por la tardanza de los comunicados, la razón no es otra que el
trasladado de local, que aprovechamos ya para comunicároslo, habiendo tenido que
hacer el traslado de mobiliario y dar de alta el internet etc… ya publicaremos
en breve el plano de situación.
Dicho esto os informamos del
último acontecimiento que fue el pasado día 30 de octubre con la visita a las
dependencias de la empresa de la Inspectora de Trabajo a consecuencia de las
denuncias que interpusimos los tres sindicatos ante la inspección. A dicha reunión
asistimos 2 miembros por cada Sindicato y la empresa, siendo los temas denunciados y resolviendo la Inspectora
los siguiente:
1.- Falta de
información sobre: la evolución del sector, previsión de ventas y
pasajeros, inversiones en obras, planes de formación, contratos de franquicias,
externalización del economato, reparto de porcentaje y la desviación de datos
de ventas diarias que no se refleja claramente en los tiques de los cierres de
caja. La Inspectora requiere a la
empresa que se entregue al Comité toda la información solicitada y que
argumente las diferencias de caja, todo ello en un corto plazo de tiempo establecido.
2.- Incumplimiento de
los horarios pactados en el Calendario Laboral: Denunciamos la implantación
unilateral por parte de la empresa de los horarios que no están establecidos y
que se vienen realizando desde primeros de año como son:
En cocina de 4:00 a 12:00, de 5:00 a 13:00, de 6:00 a 14:00 de
7:00 a 15:00, de 11:00 a 19:00, de 13:00 a 21:00, de 14:00 a 22:00 y de 15:00 a
23:00.
En Explotación de 4:00 a 12:00, de 12:00 a 20:00
En Limpieza de 14:00 a 22:00
La empresa manifiesta que desde hace unos días ha dado orden a los
responsables para que no se imponga ningún turno que no esté establecido. La
inspectora de Trabajo insta al Comité de Empresa a la denuncia inmediata ante
la inspección, si la empresa incumple los horarios establecidos con cualquier
trabajador/a.
3.- Promociones de categorías inexistente en la empresa, ante esta
denuncia, la empresa manifiesta que ha decidido que la nueva categoría de pretendía implantar “store manager”, la
cubrirá con trabajadores/as de la plantilla actual o externos, elegidos por la propia
empresa, designándoles la categoría de jefes de servicio o área, estando esta categoría
establecida en Acuerdo Laboral de empresa vigente (nivel 0) y que la permite
pactar los salarios y las condiciones con dichos trabajadores.
4.- Incumplimientos del Acuerdo del 12 de julio de 2013.
-
Comunicación individual a cada afectado del descuento
que se va a producir como consecuencia de la reducción del 20% del salario. La empresa se compromete a dar dicha información
a cada trabajador/a el próximo mes de enero como consecuencia del segundo
descuento del 6,7%.
-
Se pactó
que “las partes acuerdan reducir en 231.000 euros anuales entre los conceptos de la partida denominada «coste de
personal» ajenos a los retributivos y cuya concreción se llevará a cabo antes
del 30 de septiembre de 2013”. la concreción de la medida
correspondía a “las partes”, como
expresamente dice el acuerdo. Sin embargo, la empresa no ha contado con el
comité para esto, y ha decidido unilateralmente obtener el ahorro de 231.000
euros mediante recortes en las partidas que arbitrariamente ha decidido ella. Hemos
detectado, por ejemplo, que no se ha hecho la aportación especial
correspondiente a 2013 en el plan de pensiones; y que tampoco se ha hecho la
aportación anual al fondo social (2 euros al mes por trabajador); y que ha
reducido el servicio médico de empresa al 50% de la jornada. Pero tampoco
tenemos un conocimiento cierto y exacto de qué partidas han sido afectadas ni
en qué cuantía, pues ni siquiera se nos proporciona información detallada al
respecto (en la documentación económica sólo aparece una partida en concepto de
“otros gastos sociales”, pero no está desglosada). La Inspectora de Trabajo insta a la empresa a celebrar una reunión inmediatamente con el Comité de
Empresa con el fin de que cumpla lo pactado, acordando e informando
documentalmente la medida.
-
Reducción
del tiempo de descanso para tiempo de comida, se estableció que “en el plazo de 6 meses, la comisión de
seguimiento del Acuerdo se reunirá a los efectos de valorar el impacto de la
medida y, en su caso, su revisión”. Esa reunión no se ha producido, lo que
constituye otro incumplimiento claro de los acuerdos. El Comité de Empresa en reiteradas ocasiones ha instado a la empresa a
retirar esta medida, haciendo caso omiso a nuestras demandas. La empresa alega
que nunca se ha solicitado dicha reunión. La Inspectora de Trabajo insta a la
empresa a una reunión urgente para tratar este tema.
-
Inicio de
negociaciones para la fijación de un nuevo salario variable, se
dispuso lo siguiente: “las partes se comprometen a iniciar antes del 30 de
septiembre de 2013 y a desarrollar negociaciones tendentes a alcanzar un
acuerdo que regule el variable a percibir por los trabajadores en función de
las ventas”.
Es cierto
que ha habido reuniones en que se ha abordado esta cuestión, pero se iniciaron
después del 30 de septiembre. Y, sobre todo, el problema estriba en que este
apartado se introdujo con la finalidad evidente de mejorar la regulación sobre
el variable que ya se contiene en el Acuerdo Laboral de empresa, como fórmula de
motivación para la venta y para compensar los extremados sacrificios asumidos
por la plantilla en el ERE (no sólo despidos, sino también suspensiones
temporales de contratos, reducción de jornada y salario de una hora, reducción
de tiempo de comida, reducción de un 20% del salario en tres años, etc.)
y que, a la vez, esté en función de la situación de ventas de la empresa en
cada momento.
Pues bien,
a pesar de eso, nos hemos encontrado con que las propuestas empresariales
pretenden utilizar este acuerdo para empeorar la regulación de dicho
variable o porcentaje, acentuando así los perjuicios a soportar por la
plantilla y yendo más allá de lo previsto en el ERE, en el que nunca se incluyó
esta medida como mecanismo adicional de ahorro o ajuste, sino todo lo
contrario. La Inspectora de Trabajo
insta a la empresa a seguir negociando en el sentido que el Comité de Empresa
demanda.
-
La empresa
se comprometió a que, antes de iniciar medidas colectivas, iniciaría
diálogos con la representación de los trabajadores e intentaría agotar el
diálogo y buscar soluciones consensuadas.
A pesar de
ello, lo cierto es que la empresa, tras la firma de los acuerdos del ERE, ha
adoptado al menos dos decisiones de eficacia colectiva sin agotar el diálogo ni
consensuar las medidas con el comité. Nos
referimos a la reestructuración de los departamentos de Caja y de Economato,
llevadas a cabo unilateralmente y sin intentar el acuerdo real con la
representación de los trabajadores ni con los trabajadores afectados. La empresa alega que con esta medida con se
ha despedido a ningún trabajador. La Inspectora de Trabajo nos informa que la
denuncia de esta medida tomada por la empresa no corresponde a su competencia.
En conclusión: la Inspección de Trabajo insta a la
empresa a facilitar al Comité de Empresa la información demandada, cumplir con
los horarios establecidos y establecer urgentemente las reuniones necesarias
con el comité de Empresa para llegar a Acuerdos satisfactorios para las partes
que permitan restablecer las relaciones laborales.
ADEMÁS: La pasada semana el Comité ha interpuesto un
Conflicto Colectivo por la no aplicación en nuestra empresa de las tablas salarias del
Convenio provincial vigente de la Comunidad de Madrid.
Os mantendremos informados puntualmente de este nuevo conflicto
en nuestra empresa.
¡¡¡GTS LA FUERZA DE LA RAZÓN!!!
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