martes, 27 de marzo de 2012

EL DERECHO A LA HUELGA

EL PROXIMO DÍA 29 TODOS A LA HUELGA GENERAL

El Artículo 28 apartado 2º de la Constitución Española de 1978, señala textualmente lo siguiente: “se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses como derecho fundamental de máximo nivel (enmarcado en la Sección Primera del Capítulo II, De los Derechos Fundamentales y de las Libertades Públicas).


Y NADA NI NADIE NOS PUEDE COARTAR A LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS A EJERCER ESTE DERECHO



LA HOSTELERÍA NO ES UN SERVICIO ESENCIAL, POR LO TANTO NO EXISTEN SERVICIOS MINIMOS



                                                                                                                      
Salud.

¡¡GTS LA FUERZA DE LA RAZÓN!!

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